miércoles, 7 de noviembre de 2012

Reformas al Código Penal únicamente relacionadas con lavado de dinero: Neftalí del Toro Guzmán


Comunicado de Prensa
Las reformas a los Códigos Penal y de Procedimientos Penales no abordan en absoluto el tema de la “acechanza policial”, se centran exclusivamente en el fenómeno delictivo de operaciones con recursos de procedencia ilícita, comúnmente conocido como lavado de dinero y bajo ninguna circunstancia pretenden afectar a personas u organizaciones sociales o políticas que actúen dentro del régimen jurídico, político y social  que rige la vida de los mexicanos, aclaró el Presidente de la Comisión de Justicia del Congreso del Estado, Neftalí Armando del Toro Guzmán.
El legislador y jurista, reiteró que hablar de “acechanza”, remite jurídicamente a un temor de persecución y se ubica en el rubro de la “amenaza”, lo cual “no tiene ninguna relación con las reformas aprobadas, mismas que están relacionadas completamente con el delito de lavado de dinero y no contra la sociedad en general”, afirmó.
Neftalí del Toro precisó que de acuerdo a lo previsto en el Código de Procedimientos Penales, “para la investigación de los delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita, trata de personas, secuestro, delincuencia organizada y demás delitos relacionados a ésta, el Fiscal del Ministerio podrá emplear las técnicas de investigación denominadas ‘Entregas vigiladas’ y ‘Operaciones encubiertas’, para las cuales se requiere de la autorización previa del Procurador General de Justicia o del servidor público en quien delegue esta función y su aplicación se realizará bajo la orden y supervisión del Fiscal del Ministerio Público responsable, en los términos de la investigación”.   
El legislador del PRI, que preside también la Junta de Coordinación Política, indicó que derivado de las reformas a los Códigos Penal y de Procedimientos Penales, se reformó la Ley Orgánica de la Administración Pública para facultar a la Secretaría de Hacienda para que en coordinación con los Fiscales del Ministerio Público integren, evalúen y vinculen datos que permitan determinar la existencia de recursos de procedencia ilícita en Chiapas.
El diputado Neftalí del Toro Guzmán destacó que “el Estado tiene como obligación constitucional garantizar la seguridad, protección, cuidado y bienestar de las personas, por lo que, con estas reformas, Chiapas se suma al llamado del Gobierno Federal para reforzar los esfuerzos de prevención y combate de delitos de alto impacto. Observamos la legislación federal, la cual a su vez toma como instrumento rector la Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes  y Sustancias Psicotrópicas (Convención de Viena)”.  
Cabe destacar que conforme al Artículo 550 BIS 14 A, las “Entregas vigiladas”, consisten en la identificación y, en su caso, intercepción, en tránsito de bienes o recursos que sean objeto, instrumento o producto del delito, a efecto de retirarlos o sustituirlos total o parcialmente, según sea el caso, para luego permitir, bajo vigilancia, su envío , distribución o transportación dentro del territorio del Estado o de éste hacia otro o a la inversa, así como identificar y, en su caso, detener, a las personas u organizaciones involucradas en su comisión.
Por su parte, las “Operaciones encubiertas” residen en la actuación bajo la conducción y mando del Ministerio Público, de agentes policiales, que ocultando su verdadera identidad, tengan como fin inflitrarse en el medio criminógeno para la obtención, análisis y explotación de información y la recopilación de pruebas que permitan determinar la comisión de un hecho delictivo y la probable responsabilidad de los indiciados, así como la obtención de información de estructuras criminales, formas de operar, ámbitos de actuación, descubrir cualquier actividad vinculada directa o indirectamente con los delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita, trata, secuestro y delincuencia organizada .

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